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ANMAT prohibió la comercialización de dos aceites de oliva y un jengibre

Los productos presentaban irregularidades en los registros y en el rotulado. Las disposiciones fueron publicadas en el Boletín Oficial.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización en todo el territorio nacional de dos aceites de oliva y un jengibre en polvo, según se publicó este martes en el Boletín Oficial.

Según minutouno.com a través de la disposición 543/2021, la administración prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: «El Criollo – Jengibre molido, RNPA: 02-659802, Fracc. para Dist. El Criollo SRL, Caracas 2720 -CABA, por: RNE: 03000229, PROCEDENCIA: ARGENTINA».

Según detalló la entidad, el producto carece de registros de establecimiento y de producto, y se encuentra «falsamente rotulado» al exhibir en su rótulo un número de RNE y RNPA inexistentes, «resultando ser en consecuencia un producto ilegal».

“Las actuaciones se iniciaron a raíz de un reclamo de un consumidor ante el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación a la comercialización del producto que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente”, señala el comunicado.